Un juzgado de Valencia se declara contrario a la reserva de plazas en la policía local - Noticias Policiales

Breaking

Diploma Superior Universitario de Detective Privado

de la Universidad Antonio Nebrija

Precio promoción: Primer año ➟ 821,10€ | Segundo y tercer año ➟ 1.173€

Curso Superior de Director de Seguridad - Precio especial 80€ al mes - Titulación Universidad Antonio Nebrija. ¡Aprovecha esta oportunidad!

Promoción exclusiva en Seguridad y Empleo. ¡Inscríbete ahora y asegura tu lugar!

miércoles, 17 de marzo de 2021

Un juzgado de Valencia se declara contrario a la reserva de plazas en la policía local


UN JUZGADO DE VALENCIA DECLARA CONTRARIO AL DERECHO DE LA UNION EUROPEA, LA RESERVA DE PLAZAS DE MUJERES EN LAS OPOSICIONES A POLICÍA LOCAL El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Valencia ha estimado la demanda de un opositor por el turno de movilidad en el Ayuntamiento de Alaquàs, defendido por el Gabinete Jurídico del SPPLB, que a pesar de obtener más de 16 puntos que la siguiente opositora mujer, no fue nombrado en aplicación de la reserva del 30% de las plazas convocadas a favor de las mujeres en la Policía Local. p
Concluye el Juzgado que la Ley 17/2017 de Policía Local, en su redacción inicial respecto a la reserva de plazas a favor de las mujeres, es contraria a la normativa europea.
Así, la sentencia dice: “El carácter absoluto de la preferencia en cuanto al 30% de las plazas excluye el juego del principio de proporcionalidad, de modo que la norma no permite conciliar el principio de igualdad de trato con el objetivo perseguido de facilitar al sexo menos representado el ejercicio de actividades profesionales, tal y como establece el artículo 157 del tratado de funcionamiento, en relación con el artículo 3 de la directiva 2006/54, de 5 de julio.”
No cabe concluir otra cosa que de este modo la norma interna dejará de ser aplicable al caso y por tanto no resulta necesario el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad, lo que se ve ratificado en el presente caso en la medida en que la norma cuya disconformidad al derecho europeo se aprecia, ha sido derogada por el decreto ley 10/2020, de 24 de julio.”
Esta sentencia demuestra una vez más la “CHAPUZA “ de Ley de Policía Local de la Comunidad Valenciana, la cual necesita una reforma tras otra para poder subsistir en el tiempo.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Mi lista de blogs

Evitar Copia

Contenido Protegido

Este contenido está protegido contra la copia.

Publicaciones Populares