El Tribunal Supremo ha dado vía libre a las oposiciones para cubrir 2.456 plazas de Policía Nacional cinco días después de haberlas suspendido, una vez que se ha corregido la convocatoria para dejar claro que pueden aspirar a ser policía quienes lleven cuerpos intraoculares o lentes fáquicas para mejorar su visión. El alto tribunal ha dejado sin efecto su auto del pasado 29 de noviembre, por el que declaraba nula la convocatoria del concurso público para acceder Escuela Nacional de Policía de Ávila, lanzada el 15 de noviembre, para la que ya se habían presentado 25.437 instancias. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo reprocha a la Administración falta de diligencia porque no informó “con precisión y prontitud” de que habían corregido los errores antes de que el Supremo dejase en el aire las oposiciones y llevase la incertidumbre a los aspirantes ya aceptados.
El Supremo detalla que ha revocado su propia decisión en cuestión de días tras recibir el 2 de diciembre un escrito de la Abogacía del Estado en el que suplicaba que se permitiese seguir adelante con el proceso. Este había sido anulado porque en el catálogo de exclusiones recogía como tal la “pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular”, tal y como figura en el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado del 18 de noviembre. Según la Sala, esta se decidió a suspender las oposiciones tras esperar en vano a que la Abogacía del Estado explicase qué se estaba haciendo para eliminar la exclusión cuestionada, que estaba suspendida cautelarmente desde septiembre de 2021.
Así, “una semana más tarde (...) habida cuenta de que el abogado del Estado no había hecho alegación alguna” en el plazo establecido, el tribunal presidido por Pablo Lucas Murillo de la Cueva concluyó que la convocatoria conculcaba los derechos de quienes quisieran ser policías y portasen lentes intraoculares. Así que suspendió las oposiciones el 29 de noviembre y lo notificó a las partes al día siguiente. La propia sala detalla que, justo en el mismo día en que había informado de la suspensión, recibió las alegaciones, pero que estas eran tan vagas, genéricas e insuficientes que mantuvo la suspensión.
Ya el 1 de diciembre se deshizo el nudo. “El 1 de diciembre de 2022 a las 13.14 horas, el Abogado del Estado presentó escrito fechado el día anterior en el que señalaba que en el BOE de 30 de noviembre de 2022 se había publicado una corrección errores de la resolución de la Dirección General de la Policía de 25 de noviembre de 2022. De aquí infería el Abogado del Estado que el defecto denunciado por los recurrentes había sido remediado”, escribe la sala.
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