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viernes, 18 de septiembre de 2020

El BOE publica la Ley del registro de pasajeros. Ver todas las novedades




El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Ley orgánica que regulará el registro de pasajeros y permitirá cruzar los datos de millones de viajeros en avión con las bases policiales para la investigación de terrorismo y delitos graves.

La Ley, que salió del Senado sin votos en contra, incorpora al ordenamiento español una directiva europea con más de dos años de retrato.

Fue en abril de 2016 cuando el Parlamento Europeo aprobó la directiva comunitaria y dio plazo de dos años a los estados miembros para que la contemplaran en sus leyes, si bien en España las sucesivas convocatorias electorales dilataron el inicio de los trabajos hasta el pasado mes de febrero cuando el Gobierno dio el visto bueno a un proyecto de ley para su tramitación parlamentaria urgente.

La directiva, conocida como PNR por sus siglas en inglés relativas al registro de pasajeros, obliga a las aerolíneas a dar a las autoridades de cada país los datos de los viajeros de vuelos con origen o destino en la UE, como la identidad del viajero, la fecha de reserva, el itinerario de su viaje y la modalidad de pago de su billete.

El objetivo es que la UE cuente con una información "útil" para la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado y los delitos más graves hasta una lista de 26, entre los que se encuentran también la trata, la explotación sexual de menores, el tráfico de armas o los secuestros.

La norma creará la Unidad de Información sobre Pasajeros («Passenger Name Record», en adelante PNR) para prevenir, detectar, investigar y enjuiciar los delitos de terrorismo y los delitos graves., incardinada en el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), como órgano de gestión de los datos. Podrán recibir o pedir datos del PNR las direcciones generales de la Policía y de la Guardia Civil, las policías autonómicas, el Ministerio Fiscal y la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera.

El objetivo de la utilización de los datos del Registro de Nombres de Pasajeros, tal y como se recoge en la ley, es "prevenir, detectar, investigar y enjuiciar los delitos de terrorismo y los delitos graves".

"El tratamiento de los datos PNR va a mejorar la respuesta a la amenaza del terrorismo y la delincuencia grave mediante el cotejo de tales datos con las bases de datos disponibles y pertinentes, a los efectos de la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves, y el análisis y evaluación de los mismos utilizando unos criterios específicos y revisables periódicamente", explica la ley en su exposición de motivos.

Y añade que "permitirá identificación de personas que pudieran estar relacionadas con este tipo de actividades criminales, al tiempo que minimizarán al máximo el riesgo de afectar a personas inocentes".

La ley entrará en vigor dentro de dos meses, si bien a partir del viernes las compañías aéreas tendrán 40 días para informar a la UIP del formato de datos y del protocolo de transmisión que utilizarán.


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